Hay un capítulo específico de la ley ómnibus dedicado al sector de hidrocarburos. El Gobierno se compromete a no intervenir en los precios.

En la Ley ómnibus que envió el Gobierno al Congreso hay un capítulo especialmente dedicado al sector hidrocarburífero. Es entendible esta dedicación, dado que las autoridades esperan mucho del sector energético, por el lado de las inversiones para incrementar la exploración y la producción y desde ya, por la cantidad de dólares que eso pueda generar en los próximos años.
 Hay varios artículos que se dedican a resaltar que hay libertad para realizar la actividad y sobre todo para disponer de las divisas.
Por ejemplo, el artículo 258 del proyecto de Ley dice que “Los permisionarios y concesionarios tendrán el dominio sobre los hidrocarburos que extraigan y, consecuentemente, podrán transportarlos, comercializarlos, industrializarlos y comercializar sus derivados libremente, conforme la reglamentación que dicte la Autoridad de Aplicación” Sobre la intervención en el mercado, el artículo dice que “el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción. 
En el caso de empresas estatales estas podrán vender únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria, esto es a las correspondientes paridades de exportación o importación según corresponda”.
También da libertad total de exportación: “Los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comer- cializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, conforme la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo, quien establecerá las condiciones para su efectiva entrada en vigencia.” Además, el sector petrolero logró que no le modificaran la alícuota de las retenciones sobre las exportaciones que hoy rigen. 
En ese sentido, el artículo 204 dice “Manténgase la vigencia de los derechos de exportación actualmente vigentes (8%), para los hidrocarburos y la minería”. Aunque el Poder Ejecutivo se reservó la potestad de modificar dicha alícuota, pudiéndola llevar a un máximo del 15%, siempre que ese aumento esté fundado en un informe técnico que deberá elaborar el ministerio de Economía Sobre las concesiones para la explotación de petróleo no convencional, el proyecto dice: “Queda establecido que la nueva Concesión de Explotación No Convencional de Hidrocarburos deberá tener como objetivo principal la Explotación No Convencional de Hidrocarburos.
No obstante ello, el titular de la misma podrá desarrollar actividades complementarias de ex plotación convencional de hidrocarburos. (…)

Fuente: Petrol News